Si hay sentencias fáciles

                                    Por: Ro Abad  @Ro_abad1

Nadie quiere meterse en procedimientos legales complicados, mucho menos en pleitos jurídicos. Desafortunadamente en muchos de esos procesos, no se entienden muchos términos. En el mejor de los casos acaban pronto con una sentencia.

De manera sencilla, una sentencia es el documento que contiene la decisión con la cual se concluye un proceso o un juicio. Las partes mas importantes son:

  • La autoridad que la emite, es decir el juzgado o tribunal.
  • La fecha, que es muy importante para saber desde cuando se resolvió el asunto.
  • El nombre de las personas o la persona involucrada.
  • Los hechos, es decir una narración de lo que sucedió, el porque surgió el problema. Lo que reclama cada parte o cada persona, los argumentos
  • Las pruebas presentadas por las personas.
  • Las razones que fundamentan la decisión tomada

Todo con un sustento y argumentación jurídicas que, tu abogado o abogada te ayudará a comprender.

Existe un formato de sentencia que, aunque surgió desde 2013, no es tan conocido por todxs, pero es importante saber de su existencia sobre todo si eres una persona en situación de vulnerabilidad o conoces a alguien que lo necesite para poder entender y hacer valer sus derechos.

El formato de lectura fácil de las sentencias está dirigido principalmente a las personas con discapacidad o para personas que por alguna condición no pueden comprender mediante la lectura el texto. Este formato, utiliza lenguaje simple y directo, evitando tecnicismos, conceptos abstractos, acercándose a un lenguaje llano, para facilitar la comprensión.

A continuación, y para que sea mas fácil de entender su importancia, te muestro dos ejemplos de cada formato de sentencia:

SENTENCIA EN FORMATO TRADICIONAL

SENTENCIA NÚMERO (148).-------------------------------------------------------

--- El Mante, Tamaulipas., a veintiocho (28) de febrero de dos mil

dieciocho (2018).-------------------------------------------------------------------------

--- VISTOS para resolver en definitiva los autos que integran el

Expediente Número 0121/2018, relativo a las DILIGENCIAS DE

JURISDICCIÓN VOLUNTARIA PARA EFECTO DE DECLARAR EN

ESTADO DE INCAPACIDAD A **********************, promovidas por el

  1. **************************, quien designó como Asesor Jurídico al C.

Licenciado ************************,

y;--------------------------------------------------------------------

--------------------------------R E S U L T A N D O:--------------------------------

--- PRIMERO.- Que mediante escrito presentado en fecha veintiséis

(26) de enero de dos mil dieciocho (2018), compareció ante esté

Órgano Jurisdiccional el C. **************************, promoviendo

DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA PARA EFECTO DE

DECLARAR EN ESTADO DE INCAPACIDAD A **********************;

fundando su petición en los hechos y consideraciones legales que

consideró aplicables al presente juicio, y anexando a su escrito diversas

documentales.--------------------------------- --- SEGUNDO.- Una vez que

fueron admitidas a trámite las presentes Diligencias de Jurisdicción

Voluntaria para efecto de declarar en estado de incapacidad a

**********************,

….

-R E S U E L V E:------------------------------------

--- PRIMERO.- Se declaran procedentes las presentes DILIGENCIAS

DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA PARA EFECTO DE DECLARAR

ESTADO DE INCAPACIDAD A **********************, promovidas por el

  1. **************************, en

consecuencia.----------------------------------------------------------------------------

SEXTO.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE POR CONDUCTO DE LA

CENTRAL DE ACTUARIOS DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- Así, lo

resolvió y firma la C. Licenciada ADRIANA BÁEZ LÓPEZ, Juez de

Primera Instancia de lo Familiar del Séptimo Distrito Judicial del Estado…

 

Así es un fragmento de sentencia con formato de lectura fácil en donde una persona en estado de interdicción (es el estado jurídico donde una persona es declarada como incapaz de actuar por si misma por alguna condición mental o por su avanzada edad) inició un juicio para que le quitaran esa condición jurídica:  

 

 

 

SENTENCIA EN FORMATO DE LECTURA FÁCIL

Tú, Tomás Barrón Sánchez, le pediste al juez que te quitara el estado

de interdicción. El estado de interdicción te prohíbe decidir por ti mismo.

Tú le dijiste al juez que el juicio de interdicción estuvo mal. Nadie te

explicó de qué trataba el juicio. No te dejaron opinar.

Tú le dijiste al juez que tu tutor no debe opinar por ti. Tú puedes opinar

por ti mismo.

 Tú le dijiste al juez que nadie te explicó las consecuencias del juicio de

Interdicción

….

Le pediste a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

que revisaran si la decisión del juez estuvo bien.

Los Ministros te dimos la razón, nadie te explicó qué es

el juicio de interdicción, ni te dejaron opinar.

¿Qué decidimos los Ministros sobre tu caso?

Nosotros decidimos que tienes razón.

El estado de interdicción no se te debe aplicar. 

El juez debe reconocer tu derecho a decidir por ti mismo (tu derecho a

la capacidad jurídica y a la vida independiente).

 El juez debe reconocer tu derecho a heredar. Esto significa que una

persona puede dejar escrito que cuando se muera, te regala sus cosas.

….

Los Ministros dicen que el juez debe escribir su decisión en palabras

que puedas entender (esto se llama lectura fácil) para que puedas

opinar, como todos las demás personas.

Estos formatos resultan un gran avance en la impartición de justicia, no tanto por el resultado de la sentencia que puede ser o no ser favorable, sino por razones que tienen que ver con la inclusión:

  • Implicaría que tuvieran mayor alcance entre la población vulnerable como niños, niñas, personas con discapacidad y personas de comunidades indígenas.
  • Se rompería una barrera de accesibilidad a la justicia y se evitaría discriminación.
  • Personas extranjeras que aprenden el idioma no necesitarían un intérprete.

Si más sentencias se publicaran de esta forma, tendrían un mayor alcance y comprensión para todos y todas.

 

Referencias

Código de Procedimientos Penales

Suprema Corte de Justicia de la Nación

https://www.tribunalelectronico.gob.mx

 

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