¿Qué se le imputa a Yosstop?

Por: Nadia Velmore @Nadiamaria_velmore

Hace ya varios días llevamos escuchando sobre la detención de la conocida youtuber  de nombre Yoseline. Este caso viene de la mano con otro caso sobre la violación a una menor en abril del 2018. El caso de violación radica en que tres muchachos en una fiesta introdujeron una botella de champagne al área genital de la menor mientras la misma estaba en estado de inconsciencia menciona la denuncia interpuesta por los abogados de la menor. Tiempo después se suscita una pelea entre varias jóvenes y la menor, dicha pelea es filmada. Este último video llega a manos de la Youtuber. En su canal Yosstop describe el video antes mencionado.

 

 

Sin embargo, cita la querella entablada por los abogados de la menor que: “En el minuto 6:33 del video la youtuber dijo que la suscrita me volví famosa porque, en términos de sus declaraciones, en una peda me dejé meter una botella de Möet, osea de Champagne, por la vagina. En seguida se aprecia como Yoseline comenta que le mandaron el video de cómo habían pasado los hechos, pero no lo mostraría por temor a que you tube lo censurara. En el video grabado por la propia Yoseline, ella manifiesta que en el video de la violación se aprecia cómo algunas personas introdujeron la botella a la victima y se ríen. Este video fue producido y publicado por la propia youtuber para su plataforma con la que genera ingresos de tal forma que se hizo viral. A la fecha de la publicación del video, la youtuber tenia aproximadamente 7.5 millones de seguidos. Así Yoseline lucró con la violación de la que fue víctima ima la menor.”

 

 

 

¿Qué se le imputa a Yosstop/Yoseline?

 Se le imputa el delito de pornografía infantil. El articulo 187 del párrafo IV del Código Penal para la Ciudad de México dicho articulo cita: “Se impondrán las mismas sanciones a quien financie, elabore, reproduzca, almacene, distribuya, comercialice, arriende, exponga, publicite, difunda, adquiera, intercambie o comparta por cualquier medio el material a que se refieren las conductas anteriores.”

Estas conductas vienen descritas en el párrafo anterior cito: “Al que fije, imprima, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme o describa actos de exhibicionismo corporal o lascivos o sexuales, reales o simulados, en que participe una persona menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o de persona que no tiene capacidad de resistir la conducta, se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de mil a dos mil días multa, así como el decomiso y destrucción de los objetos, instrumentos y productos del delito.

Una vez que leemos a que se refiere el cargo por pornografía infantil también sabemos que algunas cuestiones encajan en el delito. Una de ellas la víctima era una menor de 18 años, también sabemos que la violación es un acto sexual será tarea del juez decidir si la conducta de la youtuber encaja en alguno de los supuestos mencionados en el artículo 187 del párrafo IV del Código Penal para la Ciudad de México antes citado.

Lo que no se debe de perder de vista ante esta situación es que las leyes mexicanas son muy claras y la ignorancia de la Ley no nos exime de su cumplimiento. Por lo tanto, si la conducta de la youtuber cayó en alguno de los supuestos tendrá que afrontar las consecuencias de ser así.

Hoy a las 10:00AM Yoseline tendrá su primer audiencia esperemos a ver que resuelven las autoridades.

 

 

Referencias 

www.elfinanciero.com.mx